¿Qué es el libro de novedades de un condominio?
Es el registro diario del condominio: lo que ocurre en cada turno de conserjería y, sobre todo, lo que copropietarios, arrendatarios u ocupantes quieren dejar por escrito. La Ley 21.442 lo pone a disposición de la comunidad y le da un uso concreto: ahí se registran los reclamos y las solicitudes.
¿Es obligatorio tener libro de novedades en Chile?
Sí. El artículo 17 de la Ley 21.442 dispone que quien preside el comité de administración «mantendrá a disposición de la comunidad un libro de novedades, en el que el administrador y el comité puedan dejar constancia de información relevante relacionada con el funcionamiento del condominio y en el que puedan registrarse los reclamos y solicitudes fundadas presentadas por los copropietarios, arrendatarios u ocupantes del mismo».
¿Cuánto plazo hay para responder lo que se anota en el libro de novedades?
Veinte días corridos. La ley es explícita: «Las solicitudes efectuadas al administrador o al comité de administración en el libro de novedades deberán ser respondidas dentro de un plazo máximo de veinte días corridos».
¿Qué pasa si no se lleva el libro de novedades?
El mismo artículo 17 sanciona el incumplimiento «con multa de una a tres unidades tributarias mensuales, la que se duplicará en caso de reincidencia o falta de subsanación».
¿Quién es responsable de custodiar el libro de novedades?
El presidente del comité de administración. El artículo 17 pone bajo su custodia el libro de actas y el libro de novedades, junto con los antecedentes que respaldan los acuerdos y una copia del archivo de documentos del condominio, y lo obliga a entregarlos a quien lo suceda en el cargo.
¿Aura tiene un libro de novedades?
Aura no tiene un módulo que se llame así. Lo que hace es llevar en digital el día a día del conserje —quién entra, qué encomiendas llegan, qué se avisa a quién— con fecha y hora, y avisar al vecino a su teléfono. Ese es el contenido que se escribe a mano en un cuaderno, y es lo que deja de perderse en hojas sueltas.
¿Aura reemplaza la asesoría legal del comité?
No. Aura es la herramienta con la que la comunidad registra y avisa. Cómo se lleva el libro, qué formato exige y quién lo custodia es una decisión del comité de administración con su asesoría legal.